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Tasa turística municipal

MAFRA

¿A cuánto ascienden las tasas? 

La Tasa Turística Municipal tiene un valor unitario de 2,20 euros en temporada alta y de 1,10 euros en temporada baja.

Temporada alta: del 1 de mayo al 31 de octubre

Temporada baja: del 1 de noviembre al 30 de abril. 

¿Quién paga y quién cobra?

La tasa turística municipal se aplica por pernoctación y por huésped mayor de 12 años (se cobra a partir de los 13 años) que se aloje en complejos turísticos, establecimientos de alojamiento local y alojamientos en contexto natural, hasta un límite de 7 pernoctaciones por estancia. La recaudación y liquidación de la tasa por pernoctación es responsabilidad de las personas jurídicas o físicas que explotan complejos turísticos, establecimientos de alojamiento local y alojamientos en contextos naturales. 

¿Quién está exento? 

Huéspedes discapacitados, es decir, huéspedes con alguna discapacidad igual o superior al 60%, siempre que acrediten esta condición. 

¿Dónde se aplicarán los ingresos?  

La tasa turística municipal se destina a financiar actividades e inversiones relacionadas con la actividad turística, tales como información y apoyo al turista, refuerzo de la seguridad de personas y bienes, mantenimiento y obras de cualificación urbanística, territorial, patrimonial y ambiental del espacio público, así como la creación de infraestructuras y centros culturales, artísticos y de ocio en el municipio de Mafra. 

https://www.cm-mafra.pt/pages/1182

SINTRA

¿A cuánto ascienden las tasas? 

Valor de la tasa turística municipal a 2€.

¿Quién paga y quién cobra? 

La tasa turística municipal se aplica por pernoctación y por huésped mayor de 12 años (se cobra a partir de los 13 años) que se aloje en complejos turísticos, establecimientos de alojamiento local y alojamientos en un contexto natural, hasta un máximo de 3 pernoctaciones por estancia. 

¿Quién está exento? 

a) Huéspedes menores de 13 años, el día que cumplan esta edad están exentos;

b) Huéspedes cuya estancia sea ofrecida por las entidades responsables;

c) Huésped y acompañante que demuestren que viajan al Municipio de Sintra por motivos de salud, concretamente para consultas, exámenes y tratamientos médicos;

d) Huéspedes alojados en los establecimientos, por orden expresa del Ayuntamiento de Sintra o de la Seguridad Social. 

¿Dónde se aplicarán los ingresos? 

Esta tasa se aplicará a proyectos, estudios, equipamientos o infraestructuras que tengan un impacto directo o indirecto en la promoción y la calidad del turismo en el Municipio de Sintra, con vistas a un crecimiento sostenible a largo plazo. 

https://cm-sintra.pt/taxa-turistica

Preguntas

Si tiene alguna duda sobre la tasa turística municipal puede consultarla a través de los siguientes contactos:

hello@homeconnectstories.com